Comité de Evaluación

El Comité de Evaluación es un órgano de carácter temporal que tiene a su cargo los procesos de evaluación que le competen. Goza de autonomía en sus decisiones, de acuerdo con lo establecido en la Ley de Reforma Magisterial, su reglamento y la norma técnica que regula el presente concurso público; asimismo, sus funciones son indelegables. Los comités se conforman de manera progresiva de la siguiente manera:comite
En el caso de las II.EE. que dependen directamente de la DRE, esta asume las funciones y responsabilidades asignadas a la UGEL y constituye los Comités de Evaluación que correspondan, cuyos miembros deben tener perfiles análogos.

En el caso de la DRE de Lima Metropolitana, el cargo de Director del Área de Gestión Pedagógica de la DRE es equivalente al de Director de la Oficina de Gestión Pedagógica de Educación Básica y Técnico-Productiva; y, en el caso de las UGEL de la jurisdicción de la DRE Lima Metropolitana, el cargo de Jefe de Gestión Pedagógica es equivalente al de Jefe de Gestión de la Educación Básica Regular y Especial o Jefe de Gestión de la Educación Básica Alternativa y Técnico-Productiva.

En los siguientes documentos puede revisar las funciones del Comité de Evaluación, los impedimentos y causales de abstención para ser integrante; así como, detalles sobre la conformación, reconformación y miembros reemplazantes.

Funciones y actividades del Comité de Evaluación

Impedimentos para ser integrante del Comité de Evaluación

Conformación y/o reconformación del Comité de Evaluación

Miembros reemplazantes para la conformación o reconformación del Comité de Evaluación

Formatos y modelos de documentos