Adjudicación por acto público excepcional

Participan en la adjudicación por acto público excepcional ante la DRE, los postulantes que no ganaron una plaza o no se presentaron a la Adjudicación por acto público. Esta adjudicación se lleva a cabo por grupo de inscripción y en estricto orden de mérito.  El Ministerio de Educación (Minedu) realizará la actualización de las plazas de acuerdo con lo informado por las UGEL y DRE.

Para la adjudicación en el acto público excepcional de una plaza en una IE EIB, cuya lengua originaria sea aimara, quechua sureño, quechua norteño o quechua central, el postulante debe contar con dos requisitos:

  1. Dominio mínimo de forma oral en el nivel intermedio y escrito en el nivel básico en la lengua originaria de los educandos y conocer la cultura local.
  2. Estar inscrito en el Registro Nacional de Docentes Bilingües de Lenguas Originarias.

Asimismo, el postulante que acredite el título de profesor o licenciado en EIB que en su proceso formativo de educación superior haya recibido formación en alguna lengua originaria, puede adjudicarse una plaza en una IE EIB en el acto público excepcional. Para ello, debe presentar en el acto público los siguientes documentos:

  1. Una copia simple del título de profesor o licenciado en EIB.
  2. Una declaración jurada en la que deje constancia de la denominación del título y/o mención, el nombre de la universidad o instituto de procedencia del referido título y el dominio en la lengua originaria de la plaza a la que postula.

Los postulantes adjudicados, además de lo dispuesto en el numeral 5.6.13.2 del documento normativo, y lo señalado para esta adjudicación, deberán presentar ante la UGEL o DRE una constancia de estudios o documento oficial emitido por la entidad formadora que acredite el dominio de la lengua.

Los postulantes que participan en la adjudicación por acto público excepcional para una plaza del área de Educación para el Trabajo, deben presentar ante la DRE, los requisitos previstos de la especialidad técnica a la que postula señalados en el Anexo III del documento normativo.

Finalmente, los docentes que resulten ganadores de la adjudicación por acto público excepcional deberán presentar la información contenida en los numerales 5.6.13.2 y 5.6.18 del documento normativo ante la UGEL o DRE, para la emisión de la resolución de nombramiento, según corresponda.

Postulantes para la adjudicación por acto público excepcional

Resultados de la adjudicación de plazas por acto público excepcional