Evaluación
Los dos Concursos Excepcionales de Reubicación en la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta Escala Magisterial tuvieron la finalidad de evaluar a los profesores nombrados, pertenecientes al régimen de la Ley N° 24029, Ley del Profesorado, permitiendo su acceso a la Tercera, Cuarta, Quinta y Sexta escalas magisteriales.
Estos concursos tuvieron las siguientes características:
- Evaluaron conocimientos clave que todo profesor debe manejar. Se evaluó el conocimiento que tiene el profesor de aspectos de desarrollo cognitivo, afectivo y motor de los estudiantes con los que trabaja. También se evaluó el conocimiento de la didáctica y de la disciplina o especialidad en la que le corresponde enseñar.
- Fueron meritocráticos. Permitieron acceder a mejores escalas a aquellos profesores que, dentro de su grupo de competencia, lograron un mejor desempeño en la evaluación.
- Fueron seguros. Porque para su implementación se observaron estrictos protocolos de seguridad que fueron seguidos por todos los miembros de la red administrativa a cargo. Los protocolos incluyeron medidas tales como resguardo policial de los instrumentos, estricta verificación de la identidad de los postulantes al ingreso al centro de evaluación, entre otros.
- Fueron pertinentes. La prueba que se aplicó en cada concurso estuvo adaptada a la modalidad, nivel y especialidad del profesor que postuló. En total se elaboraron 45 pruebas para evaluar a los profesores de las distintas modalidades, niveles, especialidades y/o familias de la Educación Básica y la Educación Técnico Productiva (vea la lista de pruebas aquí).
- Fueron procesos estandarizados, justos y transparentes. Porque se siguieron estrictos protocolos de aplicación y calificación para que todos los profesores sean evaluados bajo los mismos criterios y en las mismas condiciones. Así, la aplicación se realizó en centros debidamente acondicionados y por parte de aplicadores capacitados que siguieron las mismas indicaciones en todas las sedes a nivel nacional. Por su parte, la calificación de la prueba de opción múltiple fue automática, informatizada y anónima. Además, el proceso incluyó la constitución de un Comité de Vigilancia en cada región, que contó con representantes del Minedu, la región y de la sociedad civil, para velar por la transparencia y correcto desarrollo de la evaluación en todo el país.
Preguntas Frecuentes
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¿Cómo se realiza la inscripción?
La inscripción de postulantes es gratuita y se realiza a través del portal institucional del Minedu.
El postulante se inscribe al concurso llenado la respectiva ficha de inscripción en los campos requeridos, de acuerdo con las instrucciones establecidas en el Manual de Inscripción. Una vez llenada la ficha de inscripción, el postulante debe imprimir el formato digital que evidencie la culminación satisfactoria de la inscripción y apersonarse con ella y su DNI o Carné de Extranjería a la ventanilla de cualquiera de las agencias del Banco de la Nación que aparezcan en el listado publicado en el portal institucional del Minedu.
Cabe indicar, que la inscripción de los postulantes es única y les da derecho a participar automáticamente en el primer y segundo concurso excepcional de reubicación.
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¿Cómo se realizó la actualización y/o rectificación de información consignada en el formato de inscripción?
La actualización y/o rectificación de datos se realizó del 9 al 22 de diciembre. Este proceso no fue obligatorio, solo lo realizaron los profesores que participan en el Segundo Concurso de Reubicación y omitieron o erraron alguna información en su ficha de inscripción original.
¿Cómo se realizó el proceso de actualización y/o rectificación de datos?
Descargue el material de consulta aquí.
Para más información vea el siguiente video: http://player.vimeo.com/video/113728344
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¿Si se postula al Segundo Concurso de Reubicación, se puede rectificar el tiempo de servicios declarado en la inscripción?
Los profesores que se encuentran participando en el Segundo Concurso de Reubicación en la III, IV, V y VI Escala Magisterial, del 16 al 27 de marzorectificaron el tiempo de servicio oficial (declarado en el formato de inscripción).
Este procedimiento no fue obligatorio para todos los participantes del concurso, solo lo realizaron quienes declararon de manera incorrecta su tiempo de servicio oficial en el formato de inscripción.
Para ello, tuvieron en cuenta que el tiempo de servicio oficial:
- Debe corresponder al tiempo que tenía a la fecha de inicio de la inscripción de postulantes (14/07/2014).
- Debe corresponder al tiempo desempeñado en condición de nombrados en la Carrera Pública Magisterial.
- No incluye el periodo de nombramiento en condición de interino.
- No incluye el periodo correspondiente a las licencias sin goce de remuneraciones, suspensión y separación temporal por medida disciplinaria.
- No incluye el periodo en condición de contratado.
Si requiere revisar el espacio en el que se realizó la rectificación de tiempo de servicio oficial, ingrese al siguiente ícono:
Rectificación de tiempo de servicio oficial
Revise la Resolución Ministerial N° 187-2015 MINEDU aquí.
Si tiene dudas o consultas sobre este procedimiento puede comunicarse de manera gratuita desde un teléfono fijo al número 0800 71880 o desde el celular al 01 6409163 (a costo de llamada local). El horario de atención es de lunes a viernes de 8:30am a 5:30pm.