Competencia Pedagógica
La Competencia Pedagógica es definida como la facultad del docente para facilitar actividades que, en el marco de atención a la diversidad, promuevan aprendizajes significativos, lo que se evidencia cuando gestiona situaciones desafiantes y motivadoras y ofrece soporte pedagógico a los estudiantes en un clima favorable; demostrando idoneidad profesional para participar en la gestión de la institución educativa y compromiso con su profesión docente.
La evaluación de esta competencia está a cargo de la DIED y es evaluada mediante la observación del desenvolvimiento del participante durante la facilitación de una actividad de aprendizaje y la aplicación de una entrevista con la que se recoge información con respecto a su perfil para participar en la gestión de la institución educativa y a su compromiso docente.
En la siguiente tabla se presentan los instrumentos empleados:
Instrumento | Calificación | Puntaje mínimo requerido | Puntaje máximo |
---|---|---|---|
Rúbricas de observación de la facilitación de actividades de aprendizaje | Ver rúbricas | 24 | 40 |
Entrevista | Ver pautas para la calificación | — | 8 |
- La DIED comunica a los participantes la fecha, la hora y el lugar de aplicación de los instrumentos que valoran la Competencia Pedagógica.
- La aplicación de los instrumentos de esta competencia podría realizarse en la misma fecha.
- Es responsabilidad del participante verificar la información correspondiente a su evaluación en el plazo señalado en el cronograma.
- Si el participante no pudiese presentarse a la aplicación de alguno de los instrumentos de evaluación por caso fortuito o fuerza mayor, podrá solicitar su reprogramación siempre que cuente con el sustento correspondiente. Para ello, el participante tendrá un plazo máximo de dos (2) días hábiles, desde el día de la inasistencia, para presentar su solicitud dirigida a la DIED, a través de la mesa de partes del Minedu (virtual o física), adjuntando el documento que respalde el motivo de su no presentación a la aplicación del instrumento e indicando el correo electrónico al cual se debe remitir la respuesta.
- La DIED evaluará el pedido de reprogramación del participante, considerando que esta no afecte lo previsto en el cronograma de la evaluación y lo que ha planificado, y de proceder, le comunicará al participante la fecha, la hora y el lugar de la reprogramación, a través del correo electrónico que haya señalado en el aplicativo.
- Es responsabilidad del participante verificar que la DIED le haya remitido la respuesta a su pedido de reprogramación.
Rúbricas de observación de la facilitación de actividades de aprendizaje