Requisitos

  • Ser profesor de la Carrera Pública Magisterial (CPM) perteneciente a la primera, segunda, tercera, cuarta, quinta, sexta o séptima escala magisterial. El Minedu verifica el cumplimiento de este requisito a través del informe escalafonario.
  • Contar con idoneidad ética, la que se acredita con la declaración jurada virtual que deberá ser completada por el postulante al momento de la inscripción al concurso.
  • Contar hasta la fecha de inicio del periodo de verificación de cumplimiento de requisitos, con la cantidad mínima de años de servicios oficiales en la escala magisterial de la CPM a la que pertenezca. Se verifica el cumplimiento de este requisito con el informe escalafonario expedido a través del Sistema Informático de Escalafón.

Así tenemos:
Tiempo mínimo_urbano y rural
* Los profesores que laboran en un CETPRO ubicado en zona rural o de frontera, se reduce en un (1) año el tiempo mínimo de permanencia para postular a la cuarta, quinta, sexta, séptima y octava escala magisterial. Para tener derecho a este beneficio, además de encontrarse prestando servicios en las referidas áreas al momento del concurso de ascenso, el postulante debe acreditar haber trabajado en las mismas, los tres (3) años anteriores de manera continua, dicha acreditación se realiza con el informe Escalafonario del Sistema Informático de Escalafón.

Los CETPRO ubicados en zona rural o de frontera se determinan de acuerdo al padrón de CETPRO público que el Minedu aprueba cada año para la percepción de asignaciones temporales.

Importante
  • Se considera como servicio oficial el tiempo de servicio prestado de manera efectiva en condición de nombrado en la CPM de la LRM. No se considera como tiempo de servicio los periodos en que el postulante se encontró de licencia sin goce de remuneraciones, suspensión ni separación temporal por medida disciplinaria.
  • El postulante es responsable de actualizar y verificar en el Sistema Informático de Escalafón la información referida a su formación académica y profesional, y otros méritos; siendo que, dicha información será en base a la cual se emitirán los informes escalafonarios. El postulante deberá actualizar oportunamente en su UGEL la información señalada.