Adjudicación por acto público en la UGEL

Participan los postulantes que superan la Etapa Descentralizada del concurso, en el caso de no poder asistir, pueden designar a un representante mediante carta poder simple. Solo se puede representar a un postulante.

La UGEL o DRE convoca a los postulantes para la adjudicación de las plazas y emite una Resolución Directoral especificando el lugar y horario de los actos públicos, en el siguiente orden:

  1. Acto público para adjudicar plazas de II.EE. por convenio, fiscalizadas y de Educación Religiosa.
  2. Acto público para adjudicar plazas de II.EE. Educación Intercultural Bilingüe (EIB) que requieren certificación.
  3. Acto público para adjudicar plazas que no requieren la acreditación de requisitos específicos indicados en los actos públicos anteriores.

El postulante o su representante asiste al día de la adjudicación llevando la documentación necesaria, ver el detalle aquí. A continuación, se detalla el flujo del desarrollo del acto público.
Flujo - adjudicación por acto público

Adjudicación por acto público en la UGEL

Adjudicación por acto público en la DRE

Adjudicación por acto público excepcional en la DRE