Adjudicación por acto público excepcional en la DRE
Participan los postulantes que no se presentaron al acto de adjudicación de plazas en la DRE o que estando presentes no se adjudicaron una plaza. Quienes requieran modificar la región de su interés pueden hacerlo ingresando al aplicativo según lo establecido en el cronograma. En el caso de que el postulante no pueda asistir, puede designar a un representante mediante carta poder simple. Solo se puede representar a un postulante.
Para este acto público se vuelven a determinar los cuadros de mérito y se publican las plazas que hayan quedado vacantes, como consecuencia de la adjudicación por acto público en la DRE. La DRE convoca a los postulantes para la adjudicación de las plazas y emite una Resolución Directoral especificando el lugar y horario de los actos públicos, en el siguiente orden:
- Acto público para adjudicar plazas de II.EE. por convenio, fiscalizadas y de Educación Religiosa.
- Acto público para adjudicar plazas de II.EE. Educación Intercultural Bilingüe (EIB) que requieren certificación.
- Acto público para adjudicar plazas que no requieren la acreditación de requisitos específicos indicados en los actos públicos anteriores.
El postulante o su representante asiste al día de la adjudicación llevando la documentación necesaria, ver el detalle aquí. A continuación, se detalla el flujo del desarrollo del acto público.
Importante:
Los postulantes que no se adjudicaron una plaza en el acto público excepcional son retirados del concurso, excluyéndolos de la publicación de ganadores.
Determinación de los cuadros de mérito
Cuadros de mérito para la adjudicación por acto público excepcional en la DRE
Adjudicación por acto público en la UGEL