Comité de Evaluación

Integrantes
  • El Director de UGEL o el Jefe del Área de Gestión Pedagógica, quien lo preside.
  • El Jefe de Personal o Especialista Administrativo de Personal o quien haga sus veces.
  • Un Especialista en Educación de Educación Técnica Productiva de la UGEL.
Funciones
  • Comunicar a cada postulante, el lugar, la fecha y hora prevista para su evaluación, mínimo una semana de antelación.
  • Solicitar al Área de Escalafón de la UGEL, o el que haga sus veces, los informes escalafonarios de los postulantes.
  • Verificar si los postulantes cumplen con los requisitos establecidos.
  • Verificar la documentación presentada por los postulantes.
  • Aplicar las actividades (situaciones de evaluación) por grupo de inscripción.
  • Aplicar los instrumentos de evaluación.
  • Prever y garantizar el óptimo estado y cantidad suficiente de máquinas, equipos, artefactos, herramientas, instrumentos o utensilios, materiales, productos y/o insumos que requieran los postulantes en la implementación de la evaluación.
  • Participar en la elaboración de los temarios y definir las actividades e instrumentos de evaluación, por grupo de inscripción, de acuerdo a lo establecido en la norma técnica del concurso, los manuales y procedimientos establecidos por el Minedu.
  • Participar en la adaptación de las rúbricas de evaluación de dominio técnico, por grupo de inscripción, de conformidad con el modelo de evaluación establecido por el Minedu. Estas rúbricas deben estar listas cuando menos una semana previa a su aplicación; para ello puede convocar a profesores de educación superior o profesionales del sector productivo.
  • Utilizar los formatos establecidos por la DRE para evaluar y consignar los resultados parciales de las evaluaciones y verificaciones realizadas según el cronograma establecido.
  • Ingresar los resultados de las evaluaciones y verificaciones a su cargo en el aplicativo dispuesto por el Minedu, dentro del plazo establecido.
  • Resolver las consultas y reclamos de los postulantes respecto de los resultados de la evaluación bajo su competencia.
  • Retirar del concurso a los postulantes que no cumplan las disposiciones e instrucciones dispuestas en la LRM, su Reglamento y la presente Norma Técnica, e informar al Minedu para la formalización del retiro.
  • Registrar en actas las sesiones y acciones realizadas por el Comité de Evaluación, y enviar copia de ellas a la DRE.
  • Elaborar y presentar el informe final de la evaluación realizada, debidamente documentado, y remitirlo a la DRE.

NOTAEn el caso que ninguno de los miembros titulares de Comité de Evaluación pueda evaluar a los postulantes debido a los aspectos específicos asociados directamente a la modalidad y/o opción ocupacional y/o especialidad, la DRE debe disponer y convocar la incorporación al Comité de Evaluación de un profesional reconocido del sector productivo o de un docente de Educación Superior Universitaria o no Universitaria del sector Público o privado de especialidad afín al grupo de inscripción.

Aplicativo de Comité