Requisitos

Concursaron para el cargo de Director de UGEL los profesores ubicados desde la quinta escala magisterial y para los cargos de Director de Gestión Pedagógica de DRE o Jefe de Gestión Pedagógica de UGEL, los docentes ubicados desde la cuarta escala magisterial.

En todos los casos, los postulantes acreditaron el cumplimiento de los siguientes requisitos:

Requisitos Documentos para la acreditación
Formación especializada (mínimo 200 horas realizadas dentro de los últimos 5 años) o estudios de segunda especialidad o de posgrado relacionados con las funciones del cargo al que se postula. Original y/o copia certificada y/o copia legalizada y/o copia autenticada de los documentos oficiales que certifiquen que cuenta con la formación requerida.
No registrar antecedentes penales ni judiciales al momento de postular. (*) Certificados de antecedentes penales y judiciales de carácter nacional vigentes.
No registrar sanciones ni limitaciones para el ejercicio de la profesión docente en el Escalafón Magisterial. (*)

De existir sanción administrativa registrada en el Escalafón, este requisito será verificado considerando lo siguiente:

  • En caso de amonestación escrita o suspensión en el cargo hasta por 30 días, los profesores podrán inscribirse, siempre que haya transcurrido 01 año desde la fecha en que se cumplió la sanción hasta el primer día de inscripción a los concursos.
  • En caso de sanción con cese temporal en el cargo sin goce de remuneraciones desde 31 días hasta 12 meses, los profesores podrán inscribirse, siempre que hayan transcurrido 02 años desde la fecha en que se cumplió la sanción hasta el primer día de inscripción a los concursos.
Informe escalafonario correspondiente, con una antigüedad menor de 6 meses a la fecha en que se presente ante el Comité de Evaluación. Ese informe debe consignar la siguiente información:

  • Apellidos paterno, materno y nombres
  • Código modular del docente
  • Documento Nacional de Identidad o Carné de Extranjería
  • Cargo en el que se encuentra nombrado actualmente
  • Escala magisterial actual según la Ley N.° 29944, Ley de Reforma Magisterial
  • Formación académica y profesional
  • Méritos
  • Experiencia profesional
  • Deméritos, si los tuviera
  • Postfirma y firma del responsable que elaboró el informe escalafonario y del coordinador del Equipo de Escalafón
  • Lugar y fecha de expedición del informe escalafonario

El postulante es el responsable de presentar oportunamente, ante la UGEL de su jurisdicción, los documentos que posee para actualizar los datos respectivos en el informe escalafonario.

No tener sanción vigente en el Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido (RNSDD). (*) Con declaración jurada según este formato.
No tener en curso una sanción administrativa de suspensión o cese temporal en el cargo. (*) Con declaración jurada según este formato.
No haber sido condenado por los delitos señalados en la Ley N.° 29988 (delito de terrorismo, apología del terrorismo, delito contra la libertad sexual, delitos de corrupción de funcionarios y/o delitos de tráfico de drogas; no haber sido condenado por la comisión de actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la persona y contra el patrimonio, así como tampoco haber sido condenado por impedir el normal funcionamiento de los servicios públicos). (*) Con declaración jurada según este formato.
Considerar lo siguiente:
  • (*) Estos requisitos fueron cumplidos por los postulantes hasta la emisión del acto resolutivo de designación en el cargo.
  • Durante la verificación del cumplimiento de requisitos, los Comités de Evaluación corroboraron que los postulantes cumplan con ellos hasta la fecha de término de la etapa de inscripción.
  • En caso de que las DRE o las UGEL hubiesen verificado que, después de la revisión de requisitos, algún postulante ganador de los concursos no cumple con estos, se informó al postulante su decisión de no emitir la resolución correspondiente, con copia a la Dirección General de Desarrollo Docente del Minedu.

Los directores y subdirectores de II.EE. designados en el marco de la Ley de Reforma Magisterial también podían participar de estos concursos. Quienes ganaron, debieron presentar su renuncia notarial al cargo que ocupaban hasta la fecha, ante la UGEL, para la emisión de la resolución de designación en el nuevo cargo.

Los profesores que se encontraban en uso de licencia con goce de remuneraciones o sin él también tuvieron la oportunidad de participar en estos concursos. Quienes fueron designados durante el periodo de licencia, tuvieron que suspenderla para asumir el nuevo cargo, a excepción de los postulantes que se encontraban en uso de licencia con goce de remuneraciones con percepción de subsidios que refiere la Ley N.° 26790, Ley de Modernización de la Seguridad Social en Salud, quienes debieron ser designados y asumir el nuevo cargo al término de su licencia.